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Incidente Nº 1 - AGRUPACION POLITICA: JUSTICIA Y DIGNIDAD PATRIOTICA s/CADUCIDAD

La agrupación política Justicia y Dignidad Patriótica fue declarada en caducidad de su personalidad política por incumplir con la presentación de sus libros contables. El tribunal fundamentó su decisión en la falta de cumplimiento de las intimaciones legales correspondientes.

Incidente Caducidad Personalidad politica Libros contables Intimacion Ley 23.298 Ley 26.215 Agrupacion politica Juzgado federal Cumplimiento normativo


¿Quién es el actor?

Justicia y Dignidad Patriótica

¿A quién se demanda?

Juzgado Federal con Competencia Electoral
- Objeto de la demanda: Caducidad de la personalidad política
- Decisión del tribunal: Se declara la caducidad de la personalidad política del partido por falta de presentación de libros contables.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La ley 23.298 regula el funcionamiento de los partidos políticos, estableciendo, en su artículo 50, las causales de caducidad de su personalidad política." "A pesar de haber sido el partido de autos, intimado a presentar los estados contables correspondientes a los ejercicios económicos 2022; 2023 y 2024, y los libros contables previstos por los artículos 37 de la ley 23.298 y 21 de la ley 26.215, la agrupación no ha dado cumplimiento a tales requerimientos." "Por las razones expuestas, normas legales y jurisprudencia citadas y de conformidad con lo solicitado por la señora Fiscal Federal, RESUELVO: 1.
- Declarar que el partido 'Justicia y Dignidad Patriótica' de este distrito, caduco en su personalidad política desde el 18 de julio de 2025."

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