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Incidente Nº 1 - AGRUPACION POLITICA: PARTIDO POPULAR CRISTIANO BONAERENSE s/CADUCIDAD

El Partido Popular Cristiano Bonaerense fue declarado en caducidad de su personalidad política por incumplimiento en la presentación de libros contables. El Juzgado Federal de La Plata resolvió que la agrupación no acreditó el origen y destino de sus fondos, incurriendo en causal de caducidad.

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¿Quién es el actor?

Partido Popular Cristiano Bonaerense

¿A quién se demanda?

Juzgado Federal de La Plata
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de partido político y defensa ante la caducidad
- Decisión del tribunal: Se declara la caducidad de la personalidad política del partido

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La ley 23.298 regula el funcionamiento de los partidos políticos, estableciendo, en su artículo 50, las causales de caducidad de su personalidad política." "A pesar de haber sido intimado a presentar los estados contables correspondientes al ejercicio económico del período 2023 y 2024, y los libros previstos por el art. 37 de la ley 23.298 y el art. 21 de la ley 26.215, el partido no ha dado cumplimiento a tal requerimiento." "Por las razones expuestas, normas legales y jurisprudencia citadas, y de conformidad con lo solicitado por la señora Fiscal Federal, RESUELVO: 1.
- Declarar que el 'PARTIDO POPULAR CRISTIANO BONAERENSE' de este distrito, caduco en su personalidad política desde el 12 de julio de 2024..."

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