L. J. S. C/ B. J. S. S/ CUIDADO PERSONAL DE HIJOS
El progenitor apeló la decisión que denegó su pedido de cambio urgente de cuidado personal del niño. La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó la resolución apelada, argumentando que no existían elementos objetivos que justificaran la modificación del régimen de cuidado.
Actor: L. J. S. Demandado: B. J. S. Objeto: Cambio urgente de cuidado personal del niño. Decisión: Se confirma la resolución apelada que denegó el cambio de cuidado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No basta con la mera alegación o interpretación subjetiva de quien las pide: se requieren elementos que permitan tener por configurada, al menos en grado de verosimilitud, la situación de riesgo invocada."
"No hay entonces, de momento, razones suficientes para disponer una modificación sustancial en la situación de vida de S."
"La decisión adoptada por la Sra. Jueza de grado -lejos de constituir la omisión que el apelante denuncia
- traduce una respuesta prudente y ajustada al principio precautorio que el propio recurrente invoca."
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