BANCO SUPERVIELLE SA C/ MUÑOZ ANA LIDIA S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
El Banco Supervielle S.A. apeló la decisión del Juzgado de Primera Instancia que declaró inaplicable el procedimiento de venta extrajudicial de la Ley 12.962 en el marco de una acción de secuestro. La Cámara confirmó la resolución, argumentando que el derecho del consumidor debe prevalecer sobre el procedimiento de secuestro.
Actor: Banco Supervielle S.A. Demandado: Ana Lidia Muñoz Objeto: Confirmación del procedimiento de venta extrajudicial del bien prendado. Decisión: Se confirmó la resolución de primera instancia que declaró inaplicable el procedimiento de venta extrajudicial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 39 del decreto-ley 15.348/1946... no puede aplicarse, en tanto impide el ejercicio del derecho constitucional de defensa en juicio del consumidor, parte débil en el contrato principal... El sistema protectorio del derecho del consumo, no puede ser enervado por la existencia de un proceso monitorio sostenido en aras de la protección del crédito prendario..." "La solución propuesta encuentra su respaldo legal en el Art. 42 CN y lo dispuesto por el art. 1094 Cód. Civ. y Com. de la Nación, el cual dispone que en caso de duda sobre la interpretación del mismo y las leyes especiales, prevalece la más favorable al consumidor."
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