C. P. N. C/ R. W. H. S/ALIMENTOS
El demandado apeló la decisión que rechazó el cese de la obligación alimentaria tras la mayoría de edad del alimentado. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia, argumentando que se acreditó la continuidad de los estudios del alimentado y su imposibilidad de autosustento.
Actor: C. P. N. Demandado: R. W. H. Objeto: Cese de la obligación alimentaria. Decisión: Se confirmó la decisión de primera instancia que rechazó el cese de la cuota alimentaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La obligación alimentaria subsiste hasta los 21 años y puede extenderse hasta los 25 únicamente si el hijo se encuentra cursando estudios o capacitación que le impidan proveerse de medios para sostenerse." "La discrepancia del apelante con dicha valoración no alcanza para habilitar la revisión pretendida, desde que no se demuestra un error concreto y trascendente que torne injusta la solución adoptada." "Se verifican los presupuestos exigidos por el art. 663 del Código Civil y Comercial para mantener la obligación alimentaria más allá de los 21 años."
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