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ORTIZ FLORES MARIA ALEJANDRA C/ CALDERON MARIELA Y OTRO/A S/ PROPIEDAD HORIZONTAL-CUESTIONES E/PROPIETARIOS

María Alejandra Ortiz Flores apeló una sentencia que rechazó su demanda por falta de legitimación activa en un conflicto de propiedad horizontal. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que la actora no podía reclamar derechos sobre una unidad complementaria desvinculada de una unidad funcional.

Recurso de apelacion Propiedad horizontal Legitimacion activa Unidad funcional Unidad complementaria Codigo civil y comercial Desercion del recurso Consorcio de propietarios Reglamento de copropiedad Derechos reales

Actor: María Alejandra Ortiz Flores Demandado: Mariela Calderón; Sonia Olga Demarco Objeto: Inclusión de una unidad complementaria en el reglamento de propiedad horizontal. Decisión: Se declaró desierto el recurso de apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los argumentos del apelante no cumplen con los recaudos exigidos por el art. 260 del CPC, dejando en pie los fundamentos que sostuvieron la decisión del a-quo. La actora carece de legitimación para demandar la inclusión de la UC en el reglamento, dado que la UC solo puede ser transmitida junto con la UF a la que sirve, conforme a los arts. 2045 y 2039 del CCyC." "La venta de la UF realizada por sus padres incluyó la UC, y la actora no ha presentado argumentos normativos que desvirtúen esta conclusión. La normativa civil y el reglamento de copropiedad son claros en que la UC no puede ser objeto de dominio exclusivo por personas que no sean titulares de alguna UF."

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