O. D. L. C/ D. M. L. S/ INCIDENTE DE ALIMENTOS
El actor promovió un incidente de nulidad de notificación en un proceso de alimentos. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, sosteniendo que el actor no cumplió con la carga de notificar adecuadamente a la demandada.
Actor: Ohan Domingo Luis Demandado: Domínguez María Liliana Objeto: Nulidad de notificación en un incidente de alimentos Decisión: Se desestimó el acuse de deserción y se confirmó la sentencia de primera instancia
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Para justificar la deserción, no basta con invocar que el recurso no satisface la manda del artículo 260, siendo indispensable demostrar en concreto los motivos del reproche enarbolado." "La notificación bajo responsabilidad de la parte actora resulta una creación pretoriana que solo debe aceptarse de modo excepcional, ya que compromete el derecho de defensa del emplazado." "El actor debía extremar los recaudos de investigación, máxime cuando las audiencias fueron anoticiadas vía whatsapp o mail." "El agravio relacionado con la aplicación del art. 640 del CPC no es de recibo, en tanto dicha norma regula la intervención del demandado en la audiencia del proceso de alimentos."
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