por el presentante a nombre propio (Jorge Argentino Patricios) y no a nombre de quien manifiesta representar en el Formulario F4 y en el recurso de apelación (recurrente: Escudo Seguros S.A.). En virtud de ello, la SGASAD, de conformidad con lo dispu
La presentación de recursos ante el Tribunal Fiscal de la Nación debe efectuarse obligatoriamente mediante expediente electrónico a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), ingresando con CUIT y Clave Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación presentado ante el Tribunal Fiscal de la Nación acerca de una resolución administrativa en materia aduanera. Se cuestionó el incumplimiento de los requisitos formales para la presentación electrónica del recurso, en particular la falta de apoderamiento del presentante a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) y la correcta identificación del sujeto representado. El Tribunal examinó las intimaciones cursadas para subsanar estas deficiencias, la normativa aplicable sobre presentación electrónica y apoderamiento, así como el procedimiento para declarar la inadmisibilidad del recurso por falta de cumplimiento de tales requisitos.
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