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Sentencia TFN IF-2020-91772182-APN-VOCXVI#TFN

El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero solo es procedente cuando existe una demora excesiva e injustificada de la administración aduanera que cause un perjuicio en el normal ejercicio de un derecho o actividad.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

El fallo analiza un recurso de amparo interpuesto contra la Dirección General de Aduanas por una demora excesiva e injustificada en resolver un pedido de devolución de derechos de exportación abonados en demasía. Se examina el contexto fáctico administrativo, en particular la demora en la tramitación del expediente durante más de un año y medio sin actos procesales que indicaran avance, salvo la posterior resolución final dictada por la Aduana. Se discuten las condiciones para la procedencia del amparo por mora, la justificación o no de la demora administrativa, el impacto de la pandemia COVID-19 en la eficiencia de los servicios aduaneros y la vigencia del perjuicio alegado al momento de resolverse el recurso. El Tribunal evalúa el desarrollo de la sustanciación, el estado actual del trámite, y pondera aspectos como la excepcionalidad del amparo y el contexto extraordinario del reclamo para pronunciarse sobre la demanda y costas.

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