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BUNGE ARGENTINA S.A. c/Dirección General de Aduanas s/recurso de amparo

El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente cuando media una demora excesiva en la tramitación de diligencias a cargo del servicio aduanero que cause perjuicio al ejercicio de derechos del administrado.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se examinó un recurso de amparo presentado por una empresa reclamando por una demora excesiva en la resolución de un procedimiento de impugnación administrativa ante la Dirección General de Aduanas. La controversia giró en torno a un cargo fiscal cuestionado y la ausencia de dictado de resolución definitiva durante un período que superó los cinco años desde la presentación de la impugnación. Se analizaron los requisitos para la procedencia del recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero, considerando la existencia de una demora excesiva y el perjuicio ocasionado al derecho o actividad del recurrente. Asimismo, se valoró la necesidad de un trámite más eficiente y la jurisprudencia relacionada con el derecho a una resolución en plazo razonable.

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