CAPELLE HERMANOS S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/recurso de apelación
El artículo 56 de la Ley 27.260 establece la condonación de multas por infracciones formales cometidas hasta el 31 de mayo de 2016 si la obligación formal se cumple antes del vencimiento del plazo para acogerse al régimen, o de oficio si la obligació
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación planteado contra la resolución que impuso una multa por infracción aduanera relacionada con la no cumplimentación de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE), prevista en el artículo 969 del Código Aduanero y la Ley 21.453. Se discute la procedencia de la condonación de la multa en el marco de la Ley 27.260 y su reglamentación, basándose en la naturaleza formal o sustancial de la infracción y los requisitos para el beneficio. El tribunal examinó la finalidad del régimen legal para fomentar exportaciones agrícolas, la estricta obligación de exportar un porcentaje mínimo de mercadería declarada y las consecuencias jurídicas de incumplir esa obligación, así como la interpretación sistemática de las normas de condonación. También se consideró la validez y alcance del principio de confianza legítima en relación con resoluciones administrativas contradictorias sobre el mismo caso.
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