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ACEITERA GENERAL DEHEZA S.A. c/ D.G.A. s/ amparo

Para la procedencia del recurso de amparo por demora en trámites administrativos aduaneros se requiere la existencia de una demora excesiva que afecte el normal ejercicio de un derecho y haber presentado previamente un pedido de pronto despacho ante

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó la procedencia de un recurso de amparo interpuesto por un contribuyente en materia aduanera debido a la demora en la resolución de un procedimiento de impugnación iniciado por reclamos relacionados con diferencias de tributos sobre un permiso de embarque. Se examinaron hechos administrativos relevantes, como la presentación de solicitudes de pronto despacho en dos ocasiones, el seguimiento del procedimiento de impugnación conforme al Código Aduanero, el cumplimiento de plazos legales para la producción de pruebas y dictado de resolución, y la afectación del procedimiento por medidas extraordinarias derivadas de la pandemia COVID-19. El Tribunal examinó la existencia de una demora excesiva en la tramitación administrativa para determinar si estaba configurado el requisito para la procedencia del amparo por mora, analizando plazos legales, fechas de solicitud de pronto despacho, eventos internos de la administración y normativas excepcionales vigentes.

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