Sentencia TFN IF-2021-77577729-APN-VOCXVII#TFN
La acción de amparo en materia aduanera procede únicamente cuando se verifica una demora injustificada y excesivamente prolongada en la tramitación administrativa que cause perjuicio efectivo al solicitante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la procedencia de un recurso de amparo interpuesto por una empresa que alega demora excesiva por parte de la Dirección General de Aduanas en la tramitación de un expediente relativo a la solicitud de reconocimiento de mercadería importada. El expediente administrativo estuvo estancado sin movimiento procesal útil durante un prolongado período, generando perjuicios en gastos de depósito fiscal para la recurrente. Se examinan los antecedentes de las solicitudes administrativas, los recursos interpuestos y las notificaciones recibidas, así como los informes y argumentos de la representación fiscal en relación con la excepcionalidad requerida para conceder el amparo. El Tribunal aborda la cuestión bajo la óptica de la existencia de un perjuicio efectivo derivado de una demora excesiva, sopesando el impacto de la emergencia pública sanitaria, la declaración de ferias fiscales y las normas que suspendieron plazos administrativos. Se evalúa si las condiciones fácticas y normativas excepcionales justifican la tardanza atribuible a la administración aduanera y la procedencia del mecanismo judicial extraordinario invocado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: