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Sentencia TFN IF-2021-81788056-APN-TFN#MEC

La acción de amparo por mora prevista en el artículo 1160 del Código Aduanero tiene carácter excepcional y procede únicamente ante demoras actuales y excesivas en la tramitación de procedimientos administrativos que lesionen el normal ejercicio de de

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo por mora interpuesto ante la Dirección General de Aduanas debido a la demora en la resolución de un procedimiento de impugnación iniciado cuatro años antes. Se examinaron los antecedentes administrativos, la relevancia de la falta de notificación efectiva de la resolución definitiva y la jurisprudencia aplicable al amparo por mora en materia aduanera. El Tribunal evaluó la actualización del requisito de demora para otorgar el amparo, considerando que una resolución definitiva fue dictada tras la interposición del amparo, lo cual afectó la procedencia del recurso. Además, se fue ponderada la función excepcional de la acción de amparo y la adecuación del remedio a la situación fáctica y jurídica al tiempo de la sentencia.

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