Sentencia TFN IF-2021-42081715-APN-VOCXV#TFN
El recurso de amparo por mora previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero procede cuando transcurren quince días desde un pedido de pronto despacho sin resolución alguna en el trámite administrativo correspondiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo por mora interpuesto ante el Tribunal Fiscal debido a la demora excesiva en la resolución de un procedimiento de repetición iniciado por una empresa exportadora que solicitó la devolución de tributos pagados en exceso. El trámite administrativo se inició en octubre de 2019 y a la fecha del amparo, en abril de 2021, no se había dictado resolución ni se habían realizado actos procesales significativos, pese a un pedido formal de pronto despacho. La representación fiscal invocó circunstancias excepcionales, como la pandemia de COVID-19 que afectó los plazos administrativos, y la complejidad del trámite que requiere consultas interinstitucionales. El Tribunal evaluó la existencia de demora excesiva conforme al artículo 1160 del Código Aduanero, ponderando plazos razonables, suspensión de plazos por ferias extraordinarias, y la ausencia de actos indicativos de impulso procesal. Se discutió la interpretación y aplicación del recurso de amparo por mora, considerando las garantías del debido proceso, y la necesidad de equilibrio entre la agilidad administrativa y la correcta substanciación de la causa.
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