BONMAR S.R.L. c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/ apelación
La tolerancia del 0,6% establecida para diferencias en la medición de cargas sólidas a granel mediante sistema de control de calados y sondajes resulta aplicable también para pesajes efectuados por balanza fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un reclamo administrativo sobre la imputación de diferencias tributarias derivadas de un supuesto faltante a la descarga de mercadería importada, que fue detectado mediante pesaje fiscal. La controversia se centra en la aplicación o no de una tolerancia del 0,6% sobre el peso declarado, conforme a la normativa aduanera y la jurisprudencia vigente, y en la responsabilidad solidaria del agente de transporte aduanero frente al importador. El Tribunal evaluó la validez del método de pesaje utilizado para determinar el faltante, la interpretación de la normativa que establece la tolerancia para tales diferencias y la consecuencia tributaria de la falta de justificación de la diferencia en tiempo y forma. Asimismo, se examinaron antecedentes jurisprudenciales relevantes y normativa aplicable para dilucidar si el agente de carga debe responder tributariamente cuando el importador ya cumplió con el pago correspondiente.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: