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Sentencia TFN IF-2021-114240569-APN-VOCXVII#TFN

El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero procede cuando existe un perjuicio para el amparista causado por una demora excesiva imputable al Servicio Aduanero en la tramitación de un procedimiento o diligencia administrativ

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se examinó un recurso de amparo presentado por una empresa contra la presunta demora excesiva de la Dirección General de Aduanas en resolver un procedimiento administrativo de repetición iniciado por la solicitud de devolución de pagos en exceso efectuados por derechos de exportación. Se analizaron los antecedentes del trámite administrativo, incluyendo la falta de notificación de resolución definitiva, la ausencia de movimientos procesales útiles durante más de tres años y la presentación de un pedido de pronto despacho. El Tribunal evaluó si existió perjuicio para el amparista debido a dicha demora, considerando el contexto temporal y los impulsos procesales posteriores que podrían haber mitigado la demora. El análisis se centró en la interpretación del artículo 1160 del Código Aduanero respecto a la demora excesiva y el perjuicio causado, estableciendo los estándares para admitir el recurso y ordenar una solución en un plazo determinado.

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