Sentencia TFN IF-2021-98548191-APN-VOCXVII#TFN
El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente cuando existe demora excesiva imputable al servicio aduanero que causa perjuicio al interesado en el ejercicio normal de un derecho o actividad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvirtió la demora excesiva atribuida a la autoridad aduanera en la tramitación de un procedimiento administrativo iniciado para reclamar la devolución de presuntos derechos de exportación abonados en exceso. El expediente en cuestión permaneció sin avances importantes durante más de tres años, a pesar de solicitudes formales para agilizar su resolución. Se examinó la procedencia del recurso de amparo previsto en el Código Aduanero, analizando los requisitos para su admisión, tales como la existencia del perjuicio sufrido por la parte interesada, la demora atribuible a la administración y la falta de acciones administrativas funcionales para dar curso a la petición. La discusión incluyó también la pertinencia de aplicar medidas judiciales frente a la inactividad administrativa y la valoración del contexto externo relativo a la pandemia para ponderar la atribución de costas.
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