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Sentencia TFN IF-2021-79474280-APN-VOCXVI#TFN

La acción de amparo no procede cuando existen otros recursos o vías ordinarias que permitan la tutela de los derechos reclamados, salvo que concurra excepcionalidad que justifique su uso.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza un recurso de amparo interpuesto por una firma contra la presunta demora excesiva del servicio aduanero en resolver un procedimiento administrativo de repetición iniciado para solicitar la devolución de impuestos pagados por importaciones de mercaderías exentas según una disposición legal específica. El amparo se fundamenta en la demora superior a dos años y medio desde la presentación del reclamo administrativo, y tras una solicitud formal de pronto despacho. La defensa fiscal sostiene que la resolución administrativa definitiva fue dictada y notificada, por lo que la acción de amparo carece de requisitos de excepcionalidad y resulta improcedente. Se examina la tramitación del expediente, la normativa aplicable al prórroga y resolución de procedimientos aduaneros, así como el régimen especial del amparo frente a otros recursos y el impacto de circunstancias excepcionales como la pandemia en los plazos administrativos. Finalmente, se considera el desistimiento del accionante y se pondera la imposición de costas en función de la situación general y de los hechos procesales ocurridos.

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