Basso SA c/Dirección General de Aduanas
Para que proceda una nulidad procesal debe demostrarse un vicio o violación que cause restricción efectiva del derecho de defensa y existir un perjuicio concreto para la parte que la invoca.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un reclamo presentado contra la resolución que rechazó la impugnación de cargos formulados por la Aduana por reintegros a la exportación percibidos en exceso. La controversia giró en torno a la validez del reclamo de devolución basado en la aplicación retroactiva de una nueva interpretación para el cálculo de reintegros, la falta de agregación de permisos de embarque, la forma de cálculo y moneda de los cargos, y el respeto al principio de irretroactividad previsto en el Código Aduanero. Se examinó la corrección de un error sistemático en los cálculos conforme a normativa vigente al momento de las operaciones, la doctrina sobre cambios de criterios interpretativos y el mecanismo apropiado para la conversión monetaria en la restitución de sumas pagadas en demasía. El Tribunal evaluó la existencia o no de nulidades procesales, los fundamentos legales para la exigencia de la restitución y el alineamiento con precedentes jurisprudenciales, en particular con fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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