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LIXIS S.A. c/Dirección General de Aduanas s/ AMPARO

El recurso de amparo en materia aduanera es procedente únicamente cuando se demuestran demoras objetivamente infundadas y excesivamente prolongadas en el trámite administrativo que ocasionen un perjuicio concreto al interesado.

Competencia Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó la procedencia de un recurso de amparo presentado por una empresa que solicitaba la devolución de tributos aduaneros abonados en una operación de importación. La controversia se centró en la demora del órgano administrativo en tramitar y resolver dicha solicitud, que superó el año y medio desde su presentación sin que se registraran avances significativos. Se examinaron los efectos de la emergencia pública sanitaria y económica, incluyendo las medidas legales y administrativas que impactaron en la actividad del servicio aduanero y la suspensión o extensión de plazos procesales. El Tribunal evaluó si la dilación administrativa constituía una demora excesiva que justificara la intervención judicial excepcional mediante el amparo, ponderando el contexto normativo y factual, el derecho de la empresa a disponer de la suma solicitada, y los límites legales para impugnar demoras administrativas que no agotan los plazos previstos por el Código Aduanero.

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