LEGUMBRES ARGENTINAS S.A c/ D.G.A. s/recurso de apelación
En caso de duda razonable sobre la comisión de una infracción aduanera, debe aplicarse la regla del artículo 898 del Código Aduanero que favorece al imputado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que aplicó una multa por presunta infracción al artículo 969 del Código Aduanero, en relación con el incumplimiento de la cantidad de mercadería comprometida en una Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE). Se debatió principalmente si las exportaciones registradas mediante Permisos de Embarque (P.E.) correspondían efectivamente a la DJVE en cuestión, teniendo en cuenta la falta de imputación directa de uno de los P.E. a dicha declaración. El Tribunal examinó la documentación y la evidencia relativa a la coincidencia entre las mercaderías, fechas, valores declarados y registros oficiales, así como la interpretación del artículo 898 del Código Aduanero que establece que, en caso de duda, debe decidirse a favor del recurrente. El análisis se centró en evaluar si existía duda razonable acerca de la comisión de la infracción y en la correcta aplicación del principio beneficio de la duda en el ámbito aduanero.
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