CORDEIRO y CIA S. R. L. s/ apelación
La adhesión a un régimen de regularización de obligaciones tributarias que exige el desistimiento de toda acción y derecho, incluso el de repetición, implica que el contribuyente queda necesariamente desistido del recurso en trámite relativo a las ob
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examina un recurso de apelación contra una resolución administrativa que determinó de oficio el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y su pago con intereses resarcitorios correspondientes a varios períodos fiscales. La parte apelante también comunicó su adhesión a un régimen especial de regularización de obligaciones tributarias, previsto en la ley 27.541 y modificada por la ley 27.562, lo que implica el desistimiento de toda acción y derecho respecto a la deuda regularizada, incluido el derecho de repetición. El Tribunal analizó la procedencia de considerar desistida la acción y el derecho, el alcance del desistimiento, la aplicación y verificación del cumplimiento de las condiciones previstas en el régimen, así como la imposición de costas conforme a la normativa y la legislación vigente. El análisis giró en torno a la interpretación del régimen especial de regularización, sus beneficios, condiciones y efectos procesales y materiales, en especial, sobre la suspensión de acciones y la distribución de costas dentro del marco normativo específico.
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