Sentencia TFN INLEG-2021-119727896-APN-VOCVI#TFN
Cuando la obligación tributaria principal fue determinada de oficio por el organismo fiscal, no resulta exigible la presentación de declaración jurada determinativa para el acogimiento al régimen de regularización tributaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución tributaria que determinó de oficio una obligación principal por impuesto a las ganancias y los correspondientes intereses, en el marco del régimen de regularización tributaria previsto por la Ley 27.541 y sus modificaciones. Se examinaron aspectos vinculados a la procedencia de beneficios establecidos por dicho régimen, tales como la presentación de declaraciones juradas rectificativas y el cumplimiento de requisitos formales como el certificado MIPYME, así como la situación respecto a planes de facilidades de pago y compensaciones de saldos a favor. El Tribunal se enfocó en la interpretación de normas reglamentarias y legales relativas a la adhesión y cumplimiento de condiciones para la exención o condonación, valorando la obligación de presentar declaraciones determinadas de oficio por la Administración como sustitutas de las declaraciones juradas determinativas, y clarificando el alcance del desistimiento vinculado al acogimiento del régimen.
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