AKEEN SA s/apelación
La impugnación basada exclusivamente en el incumplimiento formal de la ley antievasión no puede desconocer la existencia y veracidad de las operaciones que se acreditan de modo fehaciente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal Fiscal de la Nación analizó la impugnación de pagos a proveedores efectuados en efectivo por montos superiores a $1000, según lo previsto en la Ley 25.345 (ley antievasión). La controversia surgió tras la fiscalización que, sin cuestionar la existencia ni veracidad de las operaciones, rechazó el cómputo de créditos fiscales y deducción de costos por no cumplirse con los medios de pago legalmente exigidos. Se examinaron pruebas documentales, administrativas y la opinión de proveedores, como así también la interpretación y constitucionalidad de la normativa antievasión, y su coherencia con principios tributarios y constitucionales, incluyendo la razonabilidad y el derecho a la prueba. El Tribunal valoró la doctrina de la Corte Suprema respecto de presunciones legales y la prohibición de sanciones indirectas cuando se acredita la realidad económica de las operaciones.
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