MONDINO OLIDE FIDEL s/ recurso de apelación
El acogimiento al régimen de regularización tributaria conforme a la ley 27.541 implica el desistimiento de toda acción, derecho o reclamo, incluso el de repetición, respecto de las obligaciones regularizadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal Fiscal de la Nación analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución que determinó de oficio la obligación tributaria de un contribuyente en materia del impuesto al valor agregado (IVA) para el período fiscal del año 2014, aplicando además intereses y una multa por evasión. Se examinaron los fundamentos de la apelación y la respuesta del fisco, así como la adhesión del contribuyente a un régimen especial de regularización tributaria previsto en la ley 27.541 y sus modificaciones. La Sala consideró los efectos legales del acogimiento al régimen, los requisitos y condiciones para el mantenimiento de los beneficios otorgados, así como las consecuencias respecto de acciones y derechos del contribuyente, incluyendo sus implicancias en materia de costas procesales. El Tribunal evaluó el régimen especial como norma que desplaza disposiciones generales y permitió que el organismo fiscal controle el cumplimiento de las obligaciones para la consecuente aplicación o mantenimiento de beneficios.
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