Sentencia TFN INLEG-2021-90742536-APN-TFN#MEC
El recurso de amparo previsto en los artículos 1160 y 1161 del Código Aduanero es procedente cuando existe un perjuicio causado por la demora excesiva de la autoridad aduanera en realizar un trámite o diligencia solicitada por el administrado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó la procedencia de un recurso de amparo basado en la demora injustificada en la tramitación administrativa de una solicitud de devolución de sumas abonadas por derechos de exportación. La cuestión central fue determinar si se configuraba una demora excesiva en el procedimiento iniciado hace más de tres años sin resolverse, habiéndose requerido previamente el pronto despacho del trámite administrativamente. El análisis jurídico abordó los requisitos para aplicar el recurso de amparo en el marco del Código Aduanero, la noción de demora excesiva, el perjuicio concreto para el solicitante, y la adecuación temporal a los estándares razonables de trámite, considerando también jurisprudencia constitucional sobre la garantía de una resolución en plazo razonable y aspectos relacionados con la pandemia y su impacto en los plazos administrativos.
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