Sentencia TFN INLEG-2021-97469705-APN-VOCXIX#TFN
Para que proceda un recurso de amparo por demora en el trámite de una actuación administrativa ante el servicio aduanero, debe acreditarse un perjuicio, la existencia de una demora excesiva y que el amparista haya solicitado pronto despacho ante la a
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo presentado ante la demora en el trámite de un pedido de devolución de derechos a la exportación por parte de la Dirección General de Aduanas (D.G.A.). El expediente administrativo correspondiente estuvo tramitándose durante más de tres años sin resolverse, pese a haberse solicitado pronto despacho, y la recurrente alegó demora excesiva conforme al Código Aduanero. Por su parte, la representación fiscal argumentó que la complejidad del trámite, la necesidad de consultar diversas áreas y las medidas administrativas adoptadas durante la pandemia de COVID-19 justifican la demora. El Tribunal examinó la normativa aplicable, incluyendo los plazos razonables para resoluciones administrativas, la garantía constitucional de obtención de pronunciamientos en tiempo razonable, y consideró las consecuencias de la emergencia sanitaria en la tramitación.
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