Sentencia TFN INLEG-2022-41372734-APN-VOCXIX#TFN
Es requisito para la procedencia del recurso de amparo contra la demora en la administración aduanera que exista una demora excesiva en la tramitación, un perjuicio derivado de dicha demora y la previa solicitud de pronto despacho ante la autoridad a
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó un recurso de amparo interpuesto contra la Dirección General de Aduanas (DGA) debido a la demora excesiva en la tramitación y resolución de un procedimiento administrativo de repetición iniciado para reclamar la devolución de derechos a la exportación cobrados en forma indebida. El trámite comenzó en enero de 2020 y, tras más de dos años sin avance sustancial, se solicitó un pronto despacho sin que se hayan emitido actos procesales útiles que resuelvan el pedido. Se analizaron los requisitos legales para la procedencia del recurso de amparo previstos en el Código Aduanero y la jurisprudencia constitucional respecto al derecho a una justicia pronta, evaluando la concurrencia de la demora, el perjuicio generado y la solicitud administrativa previa. Se valoraron además las circunstancias excepcionales vinculadas a la pandemia que afectan los plazos administrativos.
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