Sentencia TFN INLEG-2022-41372859-APN-VOCXIX#TFN
La existencia de una demora excesiva en la tramitación administrativa puede ser calificada conforme al artículo 1160 del Código Aduanero cuando se exceda toda pauta temporal razonable para la resolución del procedimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó una acción de amparo interpuesta contra la demora prolongada de la Dirección General de Aduanas (D.G.A.) en resolver un pedido de devolución de tributos por derechos de exportación, iniciado mediante un proceso administrativo que permaneció casi paralizado por más de dos años. Se examinó si se configuraba una demora excesiva conforme al artículo 1160 del Código Aduanero, valorando la solicitud de pronto despacho efectuada por la recurrente y la ausencia de actos procesales conducentes para la resolución durante el período en cuestión. Asimismo, se evaluó el perjuicio causado por la incertidumbre derivada de la falta de resolución, a la luz del derecho constitucional a la defensa en juicio y la garantía de un pronunciamiento en plazo razonable, teniendo en cuenta también las circunstancias excepcionales vinculadas a la pandemia de COVID-19. El Tribunal consideró los requisitos legales para el amparo y la jurisprudencia relevante de la Corte Suprema sobre dilaciones injustificadas en procesos judiciales.
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