Sentencia TFN INLEG-2022-139034626-APN-VOCVI#TFN
La nulidad procesal por deficiente notificación debe demostrar perjuicio concreto en el derecho de defensa y puede ser subsanada mediante producción completa de prueba en etapa jurisdiccional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizan recursos presentados contra resoluciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos que determinaron de oficio obligaciones tributarias en Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a las Ganancias para periodos fiscales 2008 y 2009. La controversia principal gira en torno a la utilización del método presuntivo basado en acreditaciones bancarias excesivas respecto a ingresos declarados, la validez de la notificación en domicilio especial frente al fiscal, la producción y valoración de prueba pericial y documental, y la aplicación de multas por evasión tributaria. El Tribunal examina la adecuada aplicación del artículo 18 inciso g) de la Ley 11.683 para determinar incrementos patrimoniales no justificados, la corrección en la imputación de depósitos bancarios, la capacidad probatoria respecto de documentación respaldatoria de operaciones, y la suficiencia para configurar la presunción legal de dolo con fundamento en contradicciones graves entre registros y declaraciones.
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