SILA ARGENTINA S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
El certificado de origen es un requisito esencial e indispensable para acreditar el origen de las mercaderías bajo regímenes arancelarios preferenciales del Mercosur y acuerdos bilaterales, debiendo acompañar siempre a la mercadería para la aplicació
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la resolución administrativa que rechazó el reclamo de una empresa importadora en relación a la exigencia de tributos adicionales por la falta de presentación del certificado de origen requerido para acceder a un régimen arancelario preferencial en el marco de acuerdos de integración regional. Se discutió si la falta del certificado de origen podría considerarse un incumplimiento formal leve admisible o si, por el contrario, era un requisito esencial para acreditar el origen preferencial y, en consecuencia, para gozar de la reducción arancelaria. El análisis incluyó la interpretación de normativas nacionales y supranacionales, especialmente protocolos y acuerdos del Mercosur y del Acuerdo de Complementación Económica con Brasil, y el impacto de la documentación presentada en el despacho de importación. Además, se examinó la cuestión relativa a la percepción del impuesto a las ganancias exigido en la liquidación tributaria, abordándose criterios jurisprudenciales vinculantes de la Corte Suprema de Justicia sobre la facultad del fisco para reclamar percepciones una vez cerrado el período fiscal correspondiente.
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