Sentencia TFN IF-2022-34353496-APN-VOCXV#TFN
El recurso de amparo por demora ante el Tribunal Fiscal es procedente únicamente cuando se acredita la existencia de una demora excesiva no resuelta tras el pedido formal de pronto despacho y la transcurrencia del plazo legal mínimo sin respuesta adm
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo por demora interpuesto en el marco del procedimiento administrativo de repetición para la devolución de derechos de exportación. La cuestión central fue la supuesta demora excesiva del servicio aduanero en resolver la solicitud formulada por la contribuyente, considerando los plazos establecidos en el Código Aduanero y la legislación administrativa aplicable, así como la falta de actos impulsorios eficazmente notificados. El Tribunal examinó el desarrollo procesal, incluyendo la presentación del pedido de pronto despacho, las notificaciones efectuadas, la conclusión del procedimiento con una resolución definitiva, y el impacto de medidas extraordinarias relacionadas con la pandemia de COVID-19 en los plazos administrativos. Se ponderaron los requisitos formales y materiales del recurso de amparo por demora, la adecuación del remedio, y el control judicial limitado sobre la marcha administrativa.
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