Sentencia TFN INLEG-2022-81820541-APN-VOCVI#TFN
La nulidad procesal administrativa sólo procede cuando exista un vicio o violación que cause una verdadera indefensión y debe estar fundada en un interés jurídico concreto y en la demostración del perjuicio sufrido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de apelación contra una resolución administrativa que determinó de oficio el Impuesto al Valor Agregado y su correspondiente sanción e intereses para varios períodos fiscales. La controversia principal gira en torno a la alegación de nulidad absoluta basada en la supuesta violación del derecho a presentar descargos y prueba en etapa procesal, por una presunta falta de otorgamiento efectivo de prórroga y debido proceso, en un contexto de afectación por la pandemia de COVID-19 y las medidas administrativas vinculadas a ella. El Tribunal examina la regularidad formal y sustancial de la notificación, la validez del otorgamiento de prórrogas y plazos, así como la existencia o no de indefensión por falta de oportunidad para ejercer la defensa. Además, se considera la carga probatoria en materia fiscal, la presunción de legitimidad de los actos administrativos y la exigencia de que la nulidad sea fundada en un perjuicio concreto y demostrable. Se evalúa también la naturaleza indemnizatoria de los intereses resarcitorios. La discusión incorpora referencias jurisprudenciales y normativa aplicable a la materia tributaria y a las contingencias derivadas de la pandemia.
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