EX-2022-25095490-APN-SGASAD#TFN (Schlumberger Argentina S.A.)
La demora injustificada en la tramitación de un procedimiento administrativo aduanero puede ser motivo suficiente para la procedencia de un recurso de amparo cuando no se cumpla con el plazo razonable para su resolución y ello cause perjuicio al ejer
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo presentado para combatir una presunta demora excesiva en la tramitación de un sumario administrativo iniciado por denuncias relativas a una supuesta infracción aduanera. El expediente se inició en 2015 y fue objeto de diversas presentaciones y documentación aportada por la parte interesada, quien expresó que no hubo avances significativos en el procedimiento desde 2018. La autoridad aduanera sostuvo que los plazos legales no se habían agotado y que se estaban cumpliendo las etapas procedimentales correspondientes, defendiendo la necesidad de evaluar correctamente la denuncia antes de resolver. El Tribunal examinó la existencia o no de una demora injustificada conforme al artículo 1160 del Código Aduanero, evaluando las circunstancias del procedimiento, los actos administrativos realizados, las actuaciones de la recurrente y la razonabilidad temporal en la gestión del sumario, para determinar si se cumplían los requisitos para admitir el amparo por mora.
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