EX-2022-24449252-APN-SGASAD#TFN (ARGENSUN SA).-La Dra. Cora M. Musso dijo
El recurso de amparo contemplado en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente cuando se verifica una demora excesiva en la resolución de procedimientos administrativos que afecte el ejercicio de derechos tributarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó un recurso de amparo interpuesto en relación con la demora excesiva de la Dirección General de Aduanas en resolver un procedimiento de repetición iniciado para solicitar la devolución de tributos aduaneros abonados indebidamente. La controversia gira en torno al incumplimiento de los plazos establecidos en el Código Aduanero y la normativa aplicable para tramitar la solicitud, tras más de dos años sin resolución definitiva. El Tribunal analizó los antecedentes administrativos, incluyendo la tramitación dentro del procedimiento de repetición y la interposición del amparo, evaluando la existencia de demora excesiva conforme al artículo pertinente del Código Aduanero y considerando la jurisprudencia que requiere un examen actualizado del estado del trámite para verificar dicha demora. Además, se ponderaron los derechos constitucionales involucrados y la necesidad de asegurar un pronunciamiento en plazos razonables por parte de la administración aduanera.
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