RURAL CERES S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/recurso de apelación
La imposición de multas por incumplimiento de exportaciones en el marco del régimen de la Ley 21.453 corresponde a una infracción sustancial y no formal, dada la afectación directa a los objetivos del régimen como el ingreso previsible de divisas y l
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la imposición de una multa por incumplimiento de la obligación de exportar al menos el 90% de la mercadería declarada en una declaración jurada de ventas al exterior (DJVE), en el marco del régimen establecido por la Ley 21.453 y el Código Aduanero. El contribuyente argumentó error en la posición arancelaria consignada y la presentación espontánea para corregir la declaración, solicitando la condonación de la multa y la aplicación del instituto de autodenuncia. Se evaluó la procedencia de la condonación de multas prevista en la Ley 27.260, examinando la naturaleza formal o sustancial de la infracción y la relación con la obligación tributaria principal. Asimismo, se consideró la correcta aplicación del régimen sancionatorio específico previsto en la Ley 21.453 y el Código Aduanero, los requisitos para descontar la multa, y la posibilidad de aplicar reducciones o atenuaciones en la sanción. El Tribunal analizó cuidadosamente los antecedentes administrativos, el contexto normativo, y el cumplimiento o no de las condiciones para eximir o reducir la multa impuesta.
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