Sentencia TFN INLEG-2022-45920891-APN-VOCXXI#TFN
El recurso de amparo en materia aduanera procede cuando se configura una demora excesiva e injustificada en la resolución de un procedimiento administrativo que causa perjuicio al interesado, según lo establecido por el artículo 1160 del Código Aduan
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo presentado por una empresa solicitando la resolución de un procedimiento de repetición iniciado ante la Dirección General de Aduanas, relativo a la devolución de aranceles pagados en importaciones. La controversia se centró en la demora excesiva e injustificada del servicio aduanero para resolver la solicitud, la cual superaba los cinco años desde su inicio. Se evaluaron los plazos reglamentarios para el trámite de repetición, la actuación procesal del amparista y la justificación ofrecida por la administración en cuanto a la complejidad y dificultades derivadas, incluyendo la pandemia. El Tribunal examinó la constitución del perjuicio por la demora, la interpretación del artículo legal que regula el amparo por dilaciones en trámites aduaneros y la jurisprudencia de la Corte Suprema respecto a la garantía del derecho a obtener una respuesta en un plazo razonable para la defensa en juicio, concluyendo sobre la existencia de demora excesiva y perjuicio indubitado para el recurrente.
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