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EX-2022-32018811-APN-SGASAD#TFN (ACERBRAG SA).-La Dra. Cora M. Musso dijo

El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente cuando existe una demora excesiva e injustificada de la autoridad aduanera en dictar resolución en un procedimiento administrativo que perjudique el ejercicio de un d

Competencia Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo planteado por una empresa exportadora frente a la supuesta demora excesiva de la Dirección General de Aduanas en resolver un procedimiento administrativo de repetición relacionado con la devolución de tributos aduaneros. La controversia giró en torno a la interpretación y aplicación del artículo 1160 del Código Aduanero, que prevé la acción de amparo ante la demora injustificada de la autoridad aduanera en dictar resolución. El Tribunal examinó los plazos procesales legalmente previstos para cada etapa del procedimiento de repetición, las particularidades del trámite electrónico administrativo y las diligencias realizadas por la autoridad. Asimismo, se consideró la adecuada incorporación del pedido de pronto despacho y la notificación de la parte actora, incluyendo la fecha a partir de la cual se computa la demora alegada. El análisis incluyó la necesidad de evaluar la situación fáctica actualizada a la fecha de emisión del fallo y la identificación del perjuicio en el ejercicio del derecho alegado por la requirente.

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