Sentencia TFN IF-2022-58874557-APN-VOCXVI#TFN
El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero procede cuando existe una demora excesiva imputable al servicio aduanero en la tramitación de un procedimiento administrativo que cause perjuicio en el ejercicio de un derecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la procedencia de un recurso de amparo interpuesto por una empresa importadora debido a la demora excesiva en la tramitación y resolución de un procedimiento administrativo de repetición iniciado ante la Dirección General de Aduanas. La controversia giró en torno a la inacción prolongada del servicio aduanero para resolver la solicitud de devolución de sumas abonadas incausadamente, presentada inicialmente en 2018, y la presunta violación de los plazos razonables para la tramitación administrativa, incluyendo el pedido de pronto despacho realizado en 2021. Se examinaron los antecedentes administrativos, se contrastaron las etapas cumplidas y pendientes del procedimiento y se evaluó si existía un perjuicio derivado de la demora imputable a la administración aduanera. Además, se ponderaron los criterios sobre el alcance del recurso de amparo para garantizar la tutela efectiva frente a demoras administrativas, considerando también factores externos que podrían haber afectado la celeridad del trámite, así como la colaboración del reclamante en el proceso.
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