SOL FRUT S.A. s/Apelación
El plazo de prescripción de la acción para aplicar sanciones por infracciones tributarias comienza a contarse el primero de enero siguiente al año en que tuvo lugar la violación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó en el Tribunal Fiscal de la Nación un recurso de apelación contra una multa impuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a una empresa por supuesta evasión del Impuesto al Valor Agregado correspondiente a varios períodos fiscales del año 2015. La controversia central giró en torno a la prescripción de la acción sancionatoria, considerando la fecha de inicio del cómputo, la suspensión del curso de la prescripción a causa de la denuncia penal interpuesta por el organismo fiscal y la posterior resolución judicial que archivó la causa penal. El tribunal examinó la aplicación de normas sobre prescripción y suspensión, incluyendo el análisis de la ley 27.562 y las disposiciones legales respectivas para determinar si la sanción se había aplicado dentro del plazo legalmente establecido, ponderando aspectos constitucionales relativos a la irretroactividad y el principio de legalidad penal.
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