ACERBRAG SA c/DGA s/recurso de amparo
La demora excesiva prevista en el artículo 1160 del Código Aduanero es un requisito para la procedencia del recurso de amparo contra la Dirección General de Aduanas por demora en la resolución de solicitudes de devolución de tributos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la demora en la resolución de una solicitud de devolución de tributos aduaneros presentada por un contribuyente ante la Dirección General de Aduanas. Se examinó si dicha demora configuraba una demora excesiva conforme al artículo 1160 del Código Aduanero, considerando los plazos legales para el procedimiento de repetición y la normativa administrativa aplicable. Se confrontaron los argumentos del contribuyente respecto a la perentoriedad de los plazos y la falta de respuesta definitiva con la postura de la autoridad aduanera que sostuvo que no se habían agotado los plazos y que el amparo debía rechazarse al no configurarse una situación de extrema emergencia. El Tribunal evaluó los tiempos transcurridos, las actuaciones administrativas realizadas, y la jurisprudencia vinculada para establecer los supuestos de demora injustificada en la tramitación de procedimientos de devolución tributaria.
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