Sentencia TFN IF-2022-35276623-APN-VOCXVI#TFN
La valoración en aduana debe efectuarse conforme al Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VII del GATT de 1994 y la ley nacional aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examina la apelación contra una resolución aduanera que rechazó la impugnación de un cargo derivado del ajuste unilateral del valor declarado en una importación. La controversia gira en torno a la legitimidad y fundamentación del ajuste del valor FOB de la mercadería importada, realizado a través de una comparación con precios supuestamente corrientes de mercado para productos similares. Se discuten aspectos procedimentales vinculados a la notificación del cargo y la posible nulidad de la resolución, así como cuestiones sustantivas relacionadas con la correcta aplicación del sistema de valoración en aduana conforme al Acuerdo del GATT de 1994 y la ley nacional correspondiente. El análisis jurídico se enfoca en determinar si el procedimiento y el ajuste de valor están debidamente fundamentados mediante inspección adecuada de antecedentes y pruebas, y si se respetaron los principios generales para asegurar una valoración equitativa, excluyendo valores arbitrarios o ficticios.
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