Sentencia TFN INLEG-2022-61550165-APN-VOCXXI#TFN
El régimen de importación temporaria es una excepción que permite la permanencia temporal de mercaderías sin pago de tributos, condicionada a la reexportación dentro del plazo otorgado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la imputación de una infracción por incumplimiento del plazo de reexportación en un régimen de importación temporaria de vehículos turísticos desde Chile a Argentina, en virtud del artículo 970 del Código Aduanero. La controversia se centró en si la imputada fue responsable de la falta de reexportación del vehículo dentro del plazo concedido, alegando un caso fortuito derivado de un desperfecto mecánico que justificó la demora. Se examinaron los documentos probatorios administrativos, incluida la constatación del ingreso del vehículo fuera del plazo permitido, las declaraciones sobre la avería mecánica, y la ausencia de solicitud de prórroga de la admisión temporal. El Tribunal consideró aspectos normativos relativos al régimen de importación temporaria, las obligaciones del importador, y la inversión de la carga de la prueba para eximir la responsabilidad en caso de infracción, debiendo acreditarse el impedimento alegado y el cumplimiento de las formalidades vinculadas al régimen. Asimismo, se ponderó la proporcionalidad y razonabilidad de la sanción aplicada.
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