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Sentencia TFN INLEG-2022-50779594-APN-VOCV#TFN

La carga de la prueba corresponde a quien sostiene un hecho; en materia tributaria, el contribuyente debe probar la existencia y sustancia de las operaciones que respaldan créditos fiscales cuestionados cuando existen indicios razonables que ponen en

Iva Competencia Nulidad Costas Facturas apocrifas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza la apelación contra una resolución administrativa que determinó de oficio obligaciones tributarias por Impuesto al Valor Agregado correspondientes a varios períodos fiscales, con ajuste por presunto cómputo indebido de créditos fiscales debido a operaciones con un proveedor incluido en la base E-Apoc, calificado como usina de facturas apócrifas. Se examinan las discrepancias entre las actividades declaradas por el proveedor y las operaciones alegadas, así como la negativa del proveedor a reconocer la relación comercial. El Tribunal evalúa la carga probatoria sobre la contribuyente para acreditar la veracidad y existencia real de las operaciones respaldadas por facturas cuestionadas, frente a indicios administrativos graves que cuestionan su legitimidad. El análisis jurídico aborda la procedencia del crédito fiscal en IVA, considerando la necesidad de verificar la realidad económica detrás de las facturas y la validez del acto administrativo en cuanto a su motivación, valoración probatoria y cumplimiento de formalidades procesales. Se discuten principios sobre nulidades, presunción de legitimidad, carga de la prueba y la interpretación conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de impuestos indirectos y defensa del interés fiscal.

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