EX-2021-15375405-APN-SGASAD#TFN (NEWSAN S.A.)
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de leyes tributarias o aduaneras ni sus reglamentaciones, excepto cuando exista pronunciamiento previo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación declarando dicha inconstituc
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se trata de un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que denegó la restitución de derechos de exportación abonados conforme al Decreto N° 793/2018 sobre una destinación de exportación específica. La controversia gira en torno a la constitucionalidad y validez del mencionado decreto, que estableció un derecho de exportación sin una ley formal previa que lo autorizara. El apelante cuestiona la facultad del Poder Ejecutivo para fijar este tributo, argumentando violación del principio de legalidad y de la reserva legal prevista en la Constitución, además de sostener que el decreto es nulo hasta la posterior ratificación legislativa. Por su parte, la parte recurrida sostiene la vigencia y validez del decreto, apoyada en la legislación vigente y en precedentes judiciales, y en que el Tribunal Fiscal no está habilitado para declarar inconstitucionalidades a menos que la Corte Suprema así lo haya dispuesto. El Tribunal analizó los aspectos legales aplicables, incluyendo la interpretación de normas constitucionales y legales sobre la delegación de facultades legislativas, la naturaleza y efectos de los decretos delegados, la doctrina de la Corte Suprema en casos previos, y la doctrina legal del propio Tribunal respecto de la facultad del Poder Ejecutivo para establecer derechos de exportación. Se abordó específicamente la validez del Decreto N° 793/2018 en el período previo a su ratificación legislativa y la imposibilidad de aplicar ciertas precedentes en función de diferencias en el contexto jurídico y normativo.
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