EX-2022-15568124-APN-SGASAD#TFN (XEITOSIÑO S.A.)
El exportador que abona derechos de exportación está legitimado para solicitar la devolución de los mismos conforme al Código Aduanero, siendo sujeto pasivo del tributo y sin que la inclusión de tales derechos en el precio pactado con el comprador ex
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la resolución administrativa que denegó la devolución de derechos de exportación pagados por un exportador en virtud del Decreto 793/2018. El recurrente cuestionó la constitucionalidad del decreto, argumentando que el Poder Ejecutivo se arrogó facultades legislativas indebidas al fijar los derechos sin una ley delegante válida, señalando la ausencia de respaldo legal suficiente y la invalidez del acto desde su dictado hasta la ratificación legislativa posterior. Se examinaron también cuestiones relativas a la legitimación activa del exportador para reclamar la repetición del tributo, el supuesto traslado del tributo al comprador extranjero, y la validez de los plazos y modalidades de pago previstos en el decreto y normas conexas. El Tribunal estudió detalladamente el régimen legal y constitucional aplicable, la doctrina jurisprudencial relevante, y los antecedentes normativos sobre la delegación legislativa, el principio de reserva de ley y la validez de los actos administrativos de gravamen tributario. Consideró asimismo la trascendencia de la aprobación posterior del decreto por el Congreso y la imposibilidad del Tribunal para declarar inconstitucionalidad sin pronunciamiento previo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: