Agliano S.A./ Apelación
La mera presentación de declaraciones juradas rectificativas o diferencias numéricas en ellas no configura por sí sola la infracción de defraudación tributaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó el caso en el que una sociedad comercial fue sancionada con una multa por presentar una declaración jurada del impuesto a las ganancias con información inexacta correspondiente al período fiscal 2006, tras un procedimiento fiscalizador iniciado a partir de un allanamiento en el que se obtuvieron documentaciones que evidenciaron mayores ingresos no declarados inicialmente. La controversia giró en torno a la presunción legal del dolo atribuida a la conducta del contribuyente, la validez de los elementos probatorios derivados del allanamiento, y la constitucionalidad del artículo 47 de la ley impositiva que invierte la carga de la prueba sobre el elemento subjetivo del delito fiscal. El Tribunal examinó aspectos sobre el encuadramiento de la conducta bajo el tipo sancionador, la competencia probatoria, el procedimiento previo a la imposición de la sanción, y la fundamentación de la multa en relación con la carga probatoria del dolo en declaraciones juradas rectificativas presentadas luego de la fiscalización.
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