LOPES JOSE s/ recurso de apelación
Los plazos procesales establecidos en la Ley 11.683 para recursos contra resoluciones tributarias son perentorios y deben ser computados teniendo en cuenta la feria del Tribunal Fiscal y suspensiones dispuestas por circunstancias extraordinarias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que determinó la obligación frente al IVA por ciertos períodos, alegando nulidad por notificación defectuosa y extemporaneidad del recurso. El análisis se centró en la determinación del cómputo de los plazos procesales en el contexto de la emergencia sanitaria y la feria extraordinaria declarada por el Tribunal Fiscal. Se examinaron las excepciones de litispendencia y extemporaneidad planteadas por la administración, así como la aplicación de normas procesales específicas del Tribunal sobre suspensión y reanudación de plazos durante la pandemia. El Tribunal evaluó la validez del recurso a la luz de la normativa vigente, la suspensión de plazos por feria y emergencia sanitaria y la entrega tardía del expediente a la parte recurrente.
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