ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación, expediente nº 39.257-A
En las infracciones al régimen de importación temporaria, basta acreditar el mero vencimiento del plazo para configurar la infracción, invirtiéndose la carga de la prueba a cargo del presunto infractor para demostrar circunstancias que eximan de resp
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación planteado contra una resolución administrativa que formuló cargos por tributos adeudados derivados de una operación de importación temporaria. El expediente involucró la falta de cumplimiento de obligaciones relativas a la reexportación o regularización de mercaderías dentro del plazo previsto, lo que motivó la aplicación de sanciones conforme al Código Aduanero y la intervención de la Dirección General de Aduanas (D.G.A.). Se discutió la responsabilidad de la aseguradora que garantizó la operación mediante seguro de caución, así como la prescripción de la acción fiscal, la afectación al derecho de defensa, la aplicación de tasas de interés legalmente establecidas y la validez de la determinación de percepciones impositivas. El Tribunal examinó en profundidad el alcance del seguro de caución, la carga de la prueba, los plazos de prescripción bajo el régimen aduanero y los derechos procesales de las partes, valorando la normativa aplicable y precedentes jurisprudenciales. También se analizaron las consecuencias de la mora en el cumplimiento tributario y los límites de responsabilidad de la aseguradora según la póliza contratada.
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